Apostille Services of Dallas/Fort Worth, Texas
Providing service for all of Dallas/Fort Worth TX, the State of Texas, and all other States in the United States of America.


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Do you need a certified Apostille/Authentication, or Embassy legalization service?
If so...We can help
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We specialize in first class expedited service!
We provide service for all of Dallas/Fort Worth TX, the State of Texas, and all other States in the United States. An apostille/authentication is necessary in order to certify a document in one country that originated from another. We handle all Certified Apostille Documents that need the Authentication from the State of Texas in a fast and timely manner.
We can assist you with the Apostille/Authentication, or Embassy legalization of your documents, whether by way of Apostille, Consular Legalization or any of the Embassies in the United States. With our same day service we can arrange for documents to be Apostilled or legalized within a 24-48 hour period. Our notaries’ responsibility is limited to the notarial formalities and does not extend to advice on or drafting of documentation or any document being submitted for Authentication. Our notaries are regulated by the State of Texas. Our Team will provide you with 100% done right by an experienced professional.
Our certified multilingual team offers translation services as well of any type of legal document from and into the following languages: English, Spanish, French, Algerian, Portuguese, Arabic, Farsi, Russian, German, Chinese, Greek, Italian, Indonesian, and many more!
There is a wide variety of documents that might require an apostille / authentication or Embassy legalization, including:
- Corporate/ Personal documents
- Birth/Death/Marriage Certificates
- Diplomas
- Transcripts
- Certifications
- and many more!!
Apostille Services of Dallas/Fort Worth TX is fully certified to provide Apostille/Authentication, & Embassy Legalization services. Our call center is based in Dallas/Fort Worth TX, and our San Antonio location is conveniently located near Texas Secretary of State. Making it the fastest in processing your Apostille/Authentications within 24 hour, 7 days a week at the Texas Secretary of State. Our San Antonio location is the fastest courier and can hand walk your documents to Texas Secretary of State. We also can provide a mobile notary at your location to meet with you and get your documents notarized for additional fee.
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We Specialize in Texas Apostille Authentication
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*prices above are for 1-2 documents only
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Servicio de 15 días $145.00
La apostilla de documentos al igual que la legalización (autenticación), únicamente certifica que la firma o sello que muestra un documento oficial fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.
la Secretaría del Estado de Texas (Texas Secretary of State), por lo que se le recomienda consultar la página:
http://www.sos.state.tx.us/authinfos.shtml
REQUISITOS:
1. Solicitud de apostilla (forma de nuestra compania) debidamente contestada. Favor de llenar un formato por cada documento a apostillar.
2. Presentar el documento (s) original (es), la siguiente lista muestra algunos de los documentos más comunes que requieren ser apostillados.
- Acta de nacimiento
- Acta de matrimonio
- Acta de defunción
- Documentos escolares
NOTA: Si la solicitud de certificado o apostilla concierne a una traducción, el documento completo deberá incluir tanto la traducción notariada como el documento original que se tradujo.
APOSTILLA
Con la Convención de La Haya por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 5 de octubre de 1961, mejor conocida como Convención de la Apostilla, los Estados Contratantes eximen de legalización a los documentos públicos que deban ser presentados en sus territorios, exigiendo como única formalidad la fijación de la apostilla.
Para conocer el contenido y los Estados Contratantes de la Convención se puede consultar la páginawww.hcch.net
A partir del 14 de agosto de 1995, México es parte de dicha Convención. El propósito de la adhesión de México a la Convención de La Haya, fue simplificar el sistema de “legalizaciones en cadena” por un sólo trámite denominado “apostilla”.
Este trámite consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades. La apostilla, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.
En la actualidad existen diversos países que no se han adherido a esta Convención, por lo que los documentos públicos que deban producir efectos entre éstos, deberán ser legalizados de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de dicha Convención.
Documentos de Estados Unidos
Dado que la mayoría de las solicitudes sobre obtención de apostilla se orienta a documentos públicos emitidos por autoridades estadounidenses, en este apartado se hace mayor énfasis en este país. Tanto México como Estados Unidos son parte de la mencionada Convención.
Los documentos autenticados o emitidos por autoridades estadounidenses ya no se legalizan en los Consulados de México, sino que deben ser apostillados por las autoridades de ese país. Estos documentos estadounidenses, que van a surtir efectos en México, deberán contener una certificación denominada Apostilla que se obtiene en las llamadas Oficinas del (la) Secretario (a) de Estado (Secretary of State) de cada uno de los Estados de la Unión Americana, cuyos datos pueden consultarse en http://www.state.gov/ o bien en Autoridades Apostillantes en los Estados Unidos de América.
Para realizar este trámite desde México, el interesado deberá enviar el acta original por correo, una carta solicitando el trámite (se anexa modelo) y un money order que puede adquirir en las casas de cambio por la cantidad que aparece define cada Estado a nombre de Office of the Secretary of State.
Legalización
La legislación mexicana prevé que para que un documento público extranjero surta efectos en México, es necesario que se presente debidamente legalizado por la Representación Consular mexicana ubicada en el lugar en donde se expidió el documento legalizado. Cabe señalar que deberán legalizarse todos aquellos documentos públicos emitidos por países que no sean miembros de la Convención de La Haya sobre la Apostilla y que deban utilizarse en otro país no miembro. Cuando hay un país no miembro que presenta el documento ante un miembro de dicha convención, el primero debe legalizar su documento, igualmente se realiza el procedimiento a la inversa.
De conformidad con los Artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la llamada legalización de firmas y/o sellos, contenidos en documentos públicos extranjeros, es un acto de certificación por medio del cual el funcionario consular certifica que la firma o sello (de un funcionario u oficina gubernamental o notarial) que se localiza dentro de su circunscripción, coincide con la firma o sello registrados en sus archivos. Al igual que en el caso de la apostilla, esta certificación nunca habrá de prejuzgar sobre el contenido del documento.
Las legalizaciones efectuadas por las Oficinas Consulares surtirán sus efectos en la República Mexicana sin necesidad de que las firmas de dichos funcionarios requieran a su vez ser legalizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, de conformidad con el Artículo 130 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Documentos de Mexico en otros paises
- Los documentos expedidos por autoridades de cualquier Estado de la República Mexicana, deberán legalizarse en la Secretaría General de Gobierno de los Estados.
- Posteriormente por la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas # 62 Colonia y Delegación Cuauhtémoc, con un horario de atención de 9 a 13 horas, de lunes a viernes. El teléfono es 50 93 32 00 ext. 35043. Se deberá efectuar el pago de derechos conforme a la Ley Federal de Derechos vigente.
- Después deberá ser legalizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Delegaciones Metropolitanas o Foráneas. El pago por la legalización de documentos en estas Delegaciones será de conformidad con la Ley Federal de Derechos. A partir del 8 de enero de 2007, la única forma para el pago de este derecho será a través de Hoja de Ayuda.
- Finalmente, deberá legalizarse por la Embajada del país en donde surtirá efectos el documento mexicano.
Los documentos federales deberán legalizarse en la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas # 62 Colonia y Delegación Cuauhtémoc, con un horario de atención de 9 a 13 horas, de lunes a viernes. El teléfono es 50 93 32 00 extensión 5043. El costo es de 499 pesos mexicanos.
Los documentos expedidos por autoridades del Distrito Federal, se legalizan en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal ubicada en Candelaria de los Patos s/n, Colonia 10 de Mayo. El costo actual será determinado por la Ley Federal de Derechos en vigor y se paga en cualquier ofician de la Tesorería del Distrito Federal. El teléfono es 55 22 51 18 extensión 108.
Documentos de otros paises en Mexico
Los documentos que expiden autoridades de países no miembros de la Convención de La Haya sobre la Apostilla, deberán ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por la autoridad que defina el Gobierno del país que lo emite. Posteriormente, deberá ser legalizado por las Representaciones Diplomáticas y Consulares de México. Al igual que en el caso de la apostilla, esta legalización nunca prejuzga sobre el contenido del documento.
Se deberá efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
Legalizaciones por parte de "Paises Amigos"
Este de tipo de legalizaciones es la que se lleva a cabo en aquellos casos en los que el documento es emitido por una autoridad de un país no miembro de la Convención de La Haya sobre la Apostilla y que no cuenta con Representación Diplomática o Consular del país en el que surtirá efectos legales. Dado lo anterior, se solicita la intervención de un tercer país que coadyuve a la obtención de la legalización del documento en el país que lo emitió.
Procedimiento:
Utiliza México
Cuando un país no es miembro y no tiene relación diplomática con el país donde surtirá efecto el documento, utiliza esta figura legalizando el documento ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, después ante la Embajada de México en ese país. Posteriormente se certifica la firma del funcionario del Servicio Exterior Mexicano en la Dirección General de Servicio Exterior y Recursos Humanos (DGSERH) sin costo, y finalmente se presenta en la Embajada en México del país donde surtirá efecto el documento.
México utiliza
El documento se legaliza en la Embajada del País que se utilizará como “amigo”, después se certificará la firma del funcionario diplomático en el país de dicha Embajada. Finalmente se legaliza por la Representación de México en ese país. Por cuestiones de práctica consular, se podrán solicitar documentos adicionales en cada trámite, por lo que se recomienda ponerse en contacto con la Representación Mexicana en la cual lo realizará.




Members of the:
Better Business Bureau
American Translators Association
American Association of Notaries
National Notary Association
Texas Process Server Association
National Association of Professional Process Servers
National Association of American Veterans
What is an Apostille?
An "apostille" is a form of authentication issued to documents for use in countries that participate in the Hague Convention of 1961. A list of countries that accept apostilles is provided by the US State Department. The Apostille for US documents must be issued in the US State where the document was issued, or got notarized
What is an Embassy Legalization?
Embassy legalization is an alternative method of authenticating a document, used for countries that are not members of the Hague Convention such as UAE. Such countries do not accept or recognize an apostille as a certificate of authenticity for public documents issued from US, UK, Canada, Australia, New Zealand, India, Pakistan, Philippines or South Korea. Instead, the embassy, consular or diplomatic representative of the country i.e., UAE in these countries normally deals with the legalization and attestation of documents.
In most cases an Embassy Legalization will require the document to be notarized by the public or solicitor notary (Depending upon country of issuance), followed by authentication from the Secretary of State, the foreign affairs office i.e., US State Department, DFAT, FCO etc. and finally the embassy of the UAE in the country of origin to which the document will be sent
COUNTRIES OF THE APOSTILLE SECTION OF THE HAGUE CONVENTION
Albania, Andorra, Antigua and Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaijan, Bahamas, Bahrain, Barbados, Belarus, Belgium, Belize, Bermuda, Botswana, Bolivia, Bosnia and Herzegovina, Brunei Darussalam, Bulgaria, Cape Verde, China (Macau), China (Hong Kong), Colombia, Cook Islands, Croatia, Cyprus, Czech Republic, Denmark, Dominica, Dominican Republic, Ecuador, El Salvador, Estonia, Fiji, Finland, France, Georgia, Germany, Greece, Grenada, Honduras, Hungary, Iceland, India, Ireland, Israel, Italy, Japan, Kazakhstan, Republic of, Latvia, Lesotho, Liberia, Liechtenstein, Lithuania, Luxembourg, Malawi, Malta, Marshall Islands, Mauritius, Mexico, Moldova, Mongolia, Republic of Monaco, Montenegro, Namibia , Netherlands, Netherlands Antilles, New Zealand, Nicaragua, Niue, Norway, Panama, Peru, Paraguay, Poland, Portugal, Romania , Russian Federation, Saint Kitts and Nevis, Saint Lucia, Saint Vincent and the Grenadines , Samoa, San Marino, Sao Tome and Principe, Serbia, Seychelles, Slovakia , Slovenia, South Africa , South Korea, Spain, St. Marteen, Suriname, Swaziland, Sweden , Switzerland , The former Yugoslav Republic of Macedonia, Tonga , Trinidad and Tobago, Turkey, Ukraine ,United Kingdom of Great Britain (U.K) and Northern Ireland, United States of America, Uruguay, Vanuatu, Vatican City and Venezuela.